sábado, 22 de enero de 2011

Semejanzas y Diferencias: Sustitución, revocación o modificación.

EL CONTRATO A FAVOR DE TERCEROS: SUSTITUCIÓN, REVOCACIÓN O MODIFICACIÓN.
SEMEJANZAS:
En el contrato a favor de terceros la sustitución, revocación o modificación, se establece que sí se pueden renunciar a ellas, de acuerdo al artículo 1468 C.C. ,y ésta facultad sólo se reserva para el estipulante, y no para el promitente y el tercero.
DIFERENCIAS:
En la sustitución puede existir una cláusula en el contrato en la que se exprese que se puede sustituir al tercero a pesar de que el tercero ya haya aceptado, ésta cláusula del contrato sólo se da en la sustitución( éste derecho se reserva el estipulante) si así se quiere pactar, por la cual no está en la ley, sino esto se reserva a favor del estipulante, en cambio sólo se puede revocar o modificar al tercero antes de que éste haya aceptado (el tercero o sus herederos deben conocer su derecho), y no puede pactarse lo contario porque ésta regla emerge de la ley. En la sustitución si el tercero muere, puede aceptar ser el titular del derecho los herederos, salvo pacto en contrario, es decir si quiere negarse la titularidad del derecho de los herederos debe estar estipulado en el contrato, porque si no se pacta esto en el contrato normalmente los herederos asumen éste derecho de titularidad, en cambio la facultad de revocación o modificación no se transmite a los herederos, no es igual a la sustitución de que los herederos sustituyen al tercero fallecido, sino que aquí, debe estipularse en el contrato, que se acepta ésta revocación o modificación por los herederos.

1 comentario:

  1. 8bit Card: Home of the Best Crypto-Bit Card - Xn Platform
    Today's Best 1XBET Crypto-Bit Card. From ラッキーニッキー the best crypto-Bit Card is a top-notch cryptocurrency gambling destination that offers players the best games and best bonuses betway

    ResponderEliminar