sábado, 22 de enero de 2011

El Contrato de mutuo entre cónyuges.

De acuerdo al articulo 1650 del Código Civil de 1984, se establece que el contrato de mutuo entre cónyuges debe realizarse mediante un contrato formal de escritura pública, cuando el valor del bien exceda los previsto en el artículo 1625 (se imponía su aplicación porque se buscaba lograr “mayor seguridad de la estabilidad familiar, del derecho de los herederos y legitimarios y de los acreedores”, ésta idea ya no se toma en cuenta) del Código Civil, la remisión al artículo 1625 no hubiera acarreado problema alguno, si hubiera permanecido intacto en su redacción original, en la cual se establecía que el mutuo podía ser también un contrato formal si se celebraba entre cónyuges, siempre y cuando su valor excediera 150 sueldos mínimos vitales (S.M.V.), mediante escritura pública bajo sanción de nulidad, pero éste parámetro fue modificado de a cuerdo a la ley Nº 26189, suprimiendo entonces éste requisito que alude el artículo 1650 con remisión al artículo 1625, quedando inconcluso dicho precepto. Por otro lado en el supuesto de que los cónyuges realicen un contrato de mutuo bajo el régimen de sociedad de gananciales, se entienden que estos tendrían tanto bienes propios como bienes comunes, es decir que el contrato de mutuo no sería entre cónyuges, sino más bien de mutuo de un cónyuge a la sociedad conyugal, ya que el mutuatario no sería el cónyuge sino la sociedad conyugal, ya que el bien (consumible) o dinero que se perciba le corresponde a la sociedad y no alguno de los cónyuges. Caso distinto sería, sí se estableciera un contrato de mutuo entre cónyuges pero mediante patrimonios separados, ésta relación de mutuante mutuatario se considera la más lógica puesto que cada uno tiene un régimen patrimonial propio. En lo que se refiere a la formalidad del contrato, no puede establecerse que se realice formalmente, ya que fue suprimido el requisito que se aludía para su aplicación en el contrato de mutuo entre cónyuges (para que fuera formal), entonces al carecer de éste requisito, se entiende tácitamente que el contrato de mutuo en general incluyendo al de cónyuges, deja de ser formal para convertirse en consensual. Además, si se realiza éste contrato entre cónyuges, es porque ambos tienen la confianza suficiente como para realizar éste tipo de contratos (una relación entre pareja de querer realizar un contrato por propia voluntad), caso contrario no se realizaría algún préstamo a través de éste compromiso o acuerdo si existiera disputas entre ellos. El método a utilizarse en éste tipo de contratos considero que es el método lógico, ya que éste método de interpretación se alza por encima de la simple explicación gramatical del texto normativo, y busca más bien la razón de ser de la norma, es decir la interpretación lógica que se le da a la norma, es a través de la deducción que se puede inferir en el sistema normativo, en la cual ésta interpretación es la que se puede apreciar entre el artículo 1650 con referencia al artículo 1625 del Código Civil, ésta interpretación lógica es la que nos permite entender que nos quiere decir el artículo en cuestión.

1 comentario:

  1. Me gustaría informar al público sobre cómo entré en contacto con el Sr. Pedro después de perder mi trabajo y mi banco y otras instituciones financieras me negaron un préstamo debido a mi puntaje crediticio. No pude pagar las tarifas de mis hijos. Estaba atrasado en las facturas, a punto de ser echado de la casa debido a mi incapacidad para pagar el alquiler. Fue durante este período que mis hijos me fueron arrebatados por hogares de crianza. Luego me propuse buscar fondos en línea donde perdí $ 3,670 que pedí prestados a amigos y que dos compañías de préstamos en línea me estafaron. Hasta que leí sobre el Sr.Pedro ayudando a las personas con un préstamo en línea en el que se indicaba este correo electrónico (pedroloanss@gmail.com) en algún lugar de Internet, todavía no estaba convencido por lo que había pasado hasta que un pariente mío que es un El clero también me habló del plan de préstamos en curso a una tasa de interés muy baja del 2% y bonitos términos de reembolso sin penalización por incumplimiento de pago. No tuve más remedio que contactarlos también, lo cual hice. El señor Pedro me respondió. Ese día fue el mejor y más grande de mi vida que nunca se puede olvidar cuando recibí una alerta de crédito por el monto del préstamo de $ 400,000.00 que solicité. Utilicé el préstamo de manera efectiva para pagar mis deudas y comenzar un negocio y hoy mis hijos y yo estamos muy felices y realizados. También puede contactarlos a través del correo electrónico: (pedroloanss@gmail.com) ¿Por qué estoy haciendo esto? Estoy haciendo esto para salvar a tantos que necesitan un préstamo para no ser víctimas de estafas en Internet. Gracias y que Dios los bendiga a todos, soy Oleksander Artem de Horizon Park BC, Ukrain.

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